sábado, 13 de marzo de 2010

Lucha contra la explotación sexual y pornografía infantil

Si bien es importante el avance que en el continente se presenta en materia legislativa, debemos tener siempre presente que el principal obstáculo para enfrentar a un delito tan brutal como es la Pornografía Infantil no radica necesariamente en la falta o carencia de legislación sobre la misma, sino que éste se encuentra en la falta de coordinación existente entre los países, en la carencia de figuras delictivas homogéneas sobre la materia en Latinoamericanos. Cada uno de nuestros países define, de forma aislada, el concepto de figuras delictivas tales como la Trata de Personas, la pornografía infantil o la prostitución infantil, sin tener en cuenta que estos delitos no tienen frontera, se gestan en redes internacionales y suelen utilizar a personas de diversas nacionalidades para sus fines, es decir, son delitos a escala mundial y como tal debieran ser enfrentados.

Debemos entender que el éxito por parte de los Estados y la sociedad al reprimir delitos tan inhumanos como los antes mencionados será muy difícil sino imposible de alcanzar, en tanto las legislaciones difieran demasiado de país a país, tanto en lo formal como en lo sustancial, es decir, tanto para determinar y delimitar claramente el delito, para identificar plenamente al agresor, para establecer los procedimientos de investigación y sanción, como para prevenir el hecho.

Las leyes existentes en Latinoamérica han sido pensadas como si el problema fuera regional o local. Un ejemplo de ello puede ser apreciado al analizar la figura de la Pornografía infantil. El problema empieza ni bien los legisladores definen el concepto de Pornografía infantil, ya que éste variará, tanto en su fondo como en su forma, dependiendo del concepto base que maneje cada Estado sobre lo que es un infante. En muchos países, por ejemplo, no se sanciona la posesión de material pornográfico infantil, en otros, no están considerados como infantes los mayores a 14 años de edad, y por ende, el material que utilice a personas de esas edades no se le considera pornografía infantil, en otros las penas son muy benignas y sólo llegan al año de reclusión, etc.

Ello hace que el delincuente busque realizar sus acciones desde aquel país que tenga más vacíos legales o castigue con menos fuerza y rigor el delito. Sin embargo, el resultado de la acción del delincuente, ya sea del tratante de personas, del pedófilo o del usuario del Turismo sexual infantil, influirá y generará consecuencias en diversos países de la región, no sólo en el país desde donde se esté cometiendo el crimen.

Por otro lado, un obstáculo diferente a los antes expuestos, pero igual de difícil de superar sin la debida coordinación ni el adecuado consenso entre los Estados de Latinoamérica, es el que enfrentan algunos agentes encargados de perseguir y reprimir este delito, como son la Policía Nacional y el Ministerio Público, al querer cumplir cabalmente su labor. Ello se debe a que en nuestros países no se ha definido bien una ley que permita a la Policía tener agentes encubiertos para luchar contra la explotación sexual comercial y la Pornografía Infantil, tal y como sí lo hacen para enfrentar el narcotráfico o el terrorismo.

Similar trato les dan a las campañas o acciones contra la Pornografía infantil que realizan los Estados en Latinoamérica. Por lo general, estas campañas suelen ser regionales, enfrentan el problema con una visión muy local como si el problema sólo existiera en el país ejecutor de la campaña, o peor aún, como si fuera un problema de terceros países, cuando éste es un delito mundial. Las organizaciones de la sociedad civil muchas veces cometen, sin quererlo o desearlo, el mismo error, pues enfrentan, desde sus espacios locales y sus limitadas posibilidades, este problema.

Una probable salida debiera ser encaminar nuestros esfuerzos como sociedad organizada y como Estados a crear redes internacionales funcionales que enfrenten este delito desde diversos niveles y espacios: tanto la persecución y represión del delito, la investigación sobre sus alcances y consecuencias, como su prevención y el cuidado de nuestros niños, niñas y adolescentes. Aquí las empresas que brindan el servicio de Internet, así como empresarios dueños de hoteles, administradores de cabinas públicas de Internet, profesores de colegios, municipios y gobiernos locales, asociaciones de padres, organismos religiosos, etc., tienen el deber de participar en estas campañas, pues cada una de estas organizaciones tienen un nivel de responsabilidad en este hecho y de compromiso para enfrentarlo.

Finalmente, debemos entender que el delito de Trata de Personas (explotación sexual comercial y Pornografía infantil) genera una cantidad impensable de ganancias a las redes criminales, aproximadamente 12 billones de dólares al año. Ello lo convierte en un delito de grandes magnitudes, comparables al tráfico de drogas y tráfico de armas, y como tal debe ser enfrentado y combatido.

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